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Planificación Patrimonial

Traspasar sus bienes al fideicomiso: el paso que muchas familias en Florida omiten

Por Jeanette Mora, Esq., B.C.S.8 de septiembre de 20265 min de lectura

Si usted es la persona a quien su familia llama cuando algo sale mal, seguramente ya hizo lo responsable. Se reunió con una abogada, firmó un fideicomiso vitalicio revocable, y desde entonces la carpeta lleva meses en un estante. Un fideicomiso controla solamente lo que de verdad se traspasó a él.

En Florida ese vacío aparece dos veces. Si usted ya no puede manejar sus asuntos, un fideicomiso con sus cuentas adentro permite que su fiduciario sucesor (successor trustee) tome el mando sin ruido. Si está vacío, su familia quizá deba pedirle a un juez que nombre un tutor. Y al fallecer, todo lo que siga a su nombre individual pasa por la sucesión, diga lo que diga el fideicomiso.

Qué significa traspasar bienes al fideicomiso

Traspasar saca sus cuentas y bienes de su nombre individual y los pone a nombre del fideicomiso. Adentro suelen ir los bienes raíces en Florida, las cuentas bancarias, las de inversión que no son de jubilación, los pagarés a su favor y las participaciones en negocios que sus acuerdos permitan. Se hace de tres maneras.

  • Cambio de título. La escritura o el registro de la cuenta pasa de "María Rivera" a "María Rivera, Fiduciaria del Fideicomiso Revocable de María Rivera con fecha del 1 de junio de 2026". Un inmueble en Florida necesita escritura nueva, firmada correctamente e inscrita en el condado donde está la propiedad.
  • Cesión. Los bienes sin título, como joyas, obras de arte o una colección, se traspasan con una cesión escrita.
  • Designación de beneficiario. Algunas cuentas se quedan a su nombre y designan a un beneficiario. Las cuentas pagaderas al fallecimiento (pay-on-death) y los valores registrados en forma de beneficiario sí pasan fuera de su patrimonio, pero no sirven de nada si usted queda incapacitado.

Qué hace Florida cuando no se traspasó nada

Empecemos por la palabra. Florida no usa conservatorship para un adulto que ya no puede manejar su dinero. Los conservadores aquí pertenecen al Capítulo 747, para personas desaparecidas o ausentes. Para un residente con incapacidad hay tutela bajo el Capítulo 744: una petición, un comité examinador, un juez, e informes año tras año.

Tras el fallecimiento, los bienes que siguen solo a su nombre pasan por la sucesión. La administración sumaria procede cuando el patrimonio sujeto a administración, menos los bienes exentos de reclamos de acreedores, no supera $150,000, o cuando la persona lleva más de dos años fallecida. Ese límite subió de $75,000 el 1 de julio de 2026 (Capítulo 2026-57 de las Leyes de Florida), así que si su ser querido falleció antes, pregúntenos cuál aplica. Por encima va la administración formal (formal administration), con un representante personal (personal representative) y un plazo para acreedores que suele correr tres meses desde la primera publicación del aviso.

Firmar no es traspasar

Un fideicomiso vacío manda igual a su familia al tribunal de sucesiones por todo lo que se quedó a su nombre. El documento es el plan. Traspasar los bienes es el plan sucediendo de verdad.

La casa en Florida es una conversación aparte

  • Su homestead puede estar dentro de un fideicomiso revocable y conservar su exención tributaria. Florida la extiende a quien vive allí por un instrumento que le otorga un interés beneficiario de por vida, lo cual cuenta como título equitativo.
  • Florida no tiene escritura de transferencia al fallecimiento (transfer-on-death deed). Sí reconoce la escritura de usufructo vitalicio ampliado, la escritura Lady Bird (Lady Bird deed): usted conserva el derecho de vivir en la casa, venderla, hipotecarla o recuperarla, y al fallecer pasa a quien nombró, sin sucesión.
  • Las dos conservan su facultad de revocar, así que la sección 732.4017 no las exime de las reglas de homestead. Si le sobreviven cónyuge o hijo menor, las reglas constitucionales de homestead siguen decidiendo quién recibe la casa, y ni el fideicomiso ni la escritura las cambian.

Fideicomiso, escritura Lady Bird, o dejar la casa como está: la respuesta depende de su cónyuge, la edad de sus hijos, su hipoteca, su aseguradora de título y el cuidado a largo plazo. Eso es una conversación, no un formulario.

Vehículos, cuentas pequeñas y caminos cortos en Florida

  • Vehículos. Florida no permite nombrar beneficiario en el título de un carro. Los herederos a menudo pueden transferirlo con una declaración jurada (affidavit) y no una orden del tribunal, si el patrimonio no tiene deudas y el cónyuge sobreviviente y los herederos acuerdan la división (sección 319.28). Por eso los carros suelen quedar fuera del fideicomiso.
  • Saldos bancarios pequeños. Una institución financiera de Florida puede pagarle al cónyuge sobreviviente, a un hijo o descendiente adulto o a un padre hasta $2,000 en total entre las cuentas del fallecido allí, con declaración jurada y no antes de seis meses del fallecimiento (sección 735.303). Esa cifra era $1,000 antes del 1 de julio de 2026.
  • Disposición sin administración. Si la persona falleció sin testamento dejando solo bienes muebles exentos más bienes muebles no exentos de $20,000 o menos, más gastos funerarios y cuentas médicas de los últimos 60 días, y lleva más de un año fallecida sin nada pendiente, la sección 735.304 permite al tribunal liberar los bienes sin abrir un caso. Antes del 1 de julio de 2026 esa cifra era $10,000.

Estas puertas rescatan un patrimonio pequeño. No son un plan, y ninguna alcanza a la casa. Dos cosas quedan fuera a propósito: las cuentas de jubilación, donde se cambia el beneficiario y no el dueño porque cambiar el título de una IRA o un 401(k) puede generar impuestos de inmediato, y las cuentas de custodia de un nieto, donde el menor ya es dueño y se nombra un custodio sucesor.

Traiga una lista. Le diremos qué sigue estando a su nombre.

Anote a nombre de quién está cada cuenta, quién es cada beneficiario, y todo lo que compró o heredó desde el día en que firmó. Después llame al (407) 610-5595 o solicite una consulta telefónica gratuita de 30 minutos, en español o en inglés. Jeanette Mora y Beth K. Roland están certificadas en derecho del adulto mayor por The Florida Bar. Este artículo es información general sobre la ley de Florida, no es asesoría legal, y leerlo no crea una relación de abogada y cliente.

Este artículo es información legal general para familias de Florida, no es asesoría legal. Cada situación es diferente; consulte con una abogada antes de actuar.

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